Servicio de Atención al Cliente

Quejas y reclamaciones

1.  Diríjase a nuestras oficinas. Nuestro personal tratará de ayudarle a resolver su problema.

2. Si no hemos satisfecho sus demandas, diríjase por escrito a nuestro Servicio de Atención al Cliente.

Dicho servicio tiene la obligación de resolver las quejas o reclamaciones en el plazo máximo de un mes en caso de que usted tenga la consideración de “consumidor” y de dos meses en el resto de los supuestos.

3. En caso de disconformidad con el resultado del pronunciamiento de nuestro Servicio, o si transcurrido el plazo máximo desde que usted ha presentado su queja o reclamación, no se ha resuelto su petición, debe dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

SERVICIOS DE RECLAMACIONES

SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
ATT TITULAR DEPARTAMENTO LUIS LOPEZ VISUS
Calle Menorca nº 3 3 ext
28009 – MADRID
Tel. 91.314 72 30
atencionalcliente@espabrok.com
http://www.espabrok.es
DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES
Servicio de Reclamaciones
Paseo de la Castellana,
N.º44 28046 – MADRID
Tel. 902 191 111
SEDE VIRTUAL
http://www.dgsfp.mineco.es

* El plazo para presentar la queja ante el organismo será de un año a contar desde el día en que se presentó la reclamación o queja ante el Servicio de Atención al Cliente.

NORMATIVA DE TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DEL CLIENTE DE SERVICIOS FINANCIEROS

  • Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero.
  • Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor de las entidades financieras.
  • Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
  • Real Decreto‐ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.
  • Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.

En nuestras oficinas tiene a su disposición el Reglamento de este servicio:
PIÑERO GNS. CORREDORIA D’ASSEGURANCES SL
(J-77GC) Passeig Pere III 26 -1 08241 BARCELONA
Tel.: 93 8722935 david@asspinero.com